Cuando un asunto llega a la corte familiar, el juez puede tomar decisiones que se escriben como órdenes de la corte. Estas órdenes pueden servir propósitos distintos.
Por ejemplo, cuando los padres no pueden llegar a un acuerdo sobre la custodia de los hijos o plan de crianza, el monto de la manutención, o cómo dividir las bienes comunitarias, cualquier de los padres puede solicitar una audiencia en la corte para que un juez haga una nueva orden o cambie una orden o acuerdo ya en vigencia.
En California el proceso empieza cuando una parte presenta ante la corte y entrega legalmente a la otra parte una Solicitud de Orden (formulario FL-300). Una Solicitud de Orden sirve como un aviso a la otra parte sobre las órdenes que han sido solicitadas. Al recibir esto, la otra parte tiene la oportunidad de responder por presentar a la corte y entregar legalmente una Declaración de Respuesta a la Solicitud de Orden (formulario FL-320) antes de la fecha de audencia.
Cuando la audencia está programada, los padres generalmente reciben una cita para reunirse con un mediador de custodia de los hijos o consejero recomendante de custodia de los hijos para tratar de llegar a un acuerdo sobre un plan de crianza. En general, esta cita ocurre antes de la audencia.
En la audencia, el juez considerará las declaraciones de las partes y otra evidencia antes de tomar una decisión. La decisión del juez se convertirá en una orden de la corte, una orden modificada o un fallo. Ambas partes recibirán una copia de la orden o el fallo, y el original se presentará ante el secretario la corte.